Solicitud de título de viaje o cédula de inscripción

Si solicita cédula de inscripción:

a.

Tres fotografías recientes en color, con fondo blanco, tamaño carné.

b.

Documentos de cualquier clase, aunque estuvieran caducados, que pudieran constituir indicios o pruebas de identidad, procedencia, nacionalidad, en su caso, y circunstancias personales.

c.

En su caso, acreditación de no poder ser documentado por la Misión Diplomática o Consular correspondiente, mediante acta notarial.

Si solicita título de viaje:

a.

Copia de la Cédula de Inscripción, en vigor.

b.

Tres fotografías recientes en color, con fondo blanco, tamaño carné.

c.

Justificación de la necesidad de salida del territorio español.

LUGARES DE PRESENTACIÓN

 Deberán presentarse personalmente en las oficinas de registro de los órganos administrativos a que se dirijan: Oficinas de Extranjeros o, en su defecto, Comisarías de Policía o Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales y en la Dirección General de Ordenación de las Migraciones y en la Dirección General de la Policía (Comisaría General de Extranjería y Documentación), cuando sean competentes para resolver.
Sólo podrá exceptuarse la obligación de presentación personal en los casos en que concurra una imposiblidad acreditada de comparecencia personal (casos de enfermedad o impedimento físico), pudiendo en estos casos acudirse a un poder notarial de representación.
En los procedimientos en los que el sujeto legitimado fuese un empresario, las solicitudes podrán ser presentadas personalmente por éste o por quien ostente la representación legal empresarial.

NOTA: Cumplidos los requisitos legalmente establecidos, los extranjeros tienen el derecho a obtener y la obligación de conservar la documentación que acredite su situación en España, en los términos previstos en la Ley Orgánica 4/2000 reformada por las Leyes Orgánicas 8/2000, 11/2003 y 14/2003, y en el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio (BOE núm. 174, de 21-07-01).

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